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Los magistrados de la Atenas democrática

Exposición de los diversos cargos políticos que configuraban el sistema de gobierno democrático de Atenas en la Antigüedad


El complejo sistema de gobierno ateniense que acabamos de describir exigía, además de votantes y jueces efímeros, la existencia de un conjunto de funcionarios profesionales estables que tuvieran tareas fijas y conocieran con detalle su área de trabajo. Estos individuos, encargados de ordenar, mantener y hacer cumplir las normas del Estado eran los magistrados. Entre ellos podían distinguirse tres categorías principales, empezando por los altos magistrados, los puestos intermedios de carácter administrativo -encargados del control los mercados, la moneda y las infraestructuras públicas, como el estado de los puertos, los caminos o el suministro de agua- y, finalmente, los puestos auxiliares, tales como guardianes, mensajeros o verdugos, puestos que podían ser desempeñados por esclavos y metecos.





Los magistrados de rango más elevado eran los arcontes y los estrategos cuya labor estaba centrada en el control de la vida civil, religiosa y militar de la polis. Estos cargos eran elegidos por sorteo entre los candidatos propuestos por cada tribu, mediante el sistema de las habas. En una recipiente se introducían habas negras y blancas, mientras que en otro los nombres de los candidatos. El contenido de las urnas se extraía simultáneamente: si a un hombre le correspondía un haba blanca, era elegido, si le correspondía una negra, no.

Al ser elegido, cada magistrado era sometido a una auditoría para calcular sus bienes y riqueza por el Consejo (boulé). Tras terminar el periodo de cargo público, se llevaba a cabo una segunda auditoría para comprobar que no hubiese usado su puesto para el enriquecimiento personal. En caso de que fuera así, el castigo que se le aplicaba era el intercambio de su fortuna con la del hombre más pobre de la ciudad. Cosa que, aunque parezca inverosímil, ocurrió en más de una ocasión. A fin de evitar trampas, las auditorías a los arcontes se realizaban periódicamente durante los diez años siguientes, bajo la misma pena.

Un fragmento de la Política de Aristóteles, representa el mejor testimonio la variedad y complejidad de las magistraturas atenienses:


“Después de lo que precede, debemos determinar con exactitud el número de las diversas magistraturas, sus atribuciones y las condiciones necesarias para su desempeño. (…) Ante todo, un Estado no puede existir sin ciertas magistraturas, que le son indispensables, puesto que no podría ser bien gobernado sin magistraturas que garanticen el buen orden y la tranquilidad. (…) Con respecto a las necesidades indispensables de la ciudad, el primer objeto de vigilancia es el mercado público, que debe estar bajo la dirección de una autoridad que inspeccione los contratos que se celebren y su exacta observancia. En casi todas las ciudades sus miembros tienen la posibilidad de comprar y vender para satisfacer sus mutuas necesidades, siendo esta quizá la más importante garantía de bienestar, que al parecer han deseado obtener los miembros de la ciudad al reunirse en sociedad.

Otra cosa que viene después de ésta, y que tiene con ella estrecha relación, es la conservación de las propiedades públicas y particulares. Este cargo comprende el régimen interior de la ciudad, el sostenimiento y la reparación de los edificios deteriorados y de los caminos públicos, el reglamento relativo a los deslindes de cada propiedad, para prevenir las disputas, y además todas las materias análogas a éstas. Todas estas son funciones, como se dice ordinariamente, de policía urbana.

(…) Así, hay arquitectos especiales para las murallas, inspectores de aguas y fuentes, y otros del puerto. Hay otra magistratura análoga a aquélla y de igual modo necesaria, que tiene a su cargo las mismas obligaciones, pero con relación a los campos y al exterior de la ciudad. Los funcionarios que la desempeñan se llaman inspectores de los campos o conservadores de los bosques. Ya tenemos aquí tres órdenes de funciones indispensables.

Una cuarta magistratura, que no lo es menos, es la que debe percibir las rentas públicas, custodiar el tesoro del Estado y repartir los caudales entre los diversos ramos de la administración pública. Estos funcionarios se llaman receptores o tesoreros.

Otra clase de funcionarios está encargada del registro de los actos que tienen lugar entre los particulares, y de las sentencias dictadas por los tribunales, siendo estos mismos los que deben actuar en los procedimientos y negocios judiciales. (…)Los que desempeñan estos cargos se llaman archiveros, escribanos, conservadores, o se designan con otro nombre semejante.

La magistratura que viene después de ésta y que es la más necesaria y también la más delicada de todas, está encargada de la ejecución de las condenas judiciales, de la prosecución de los procesos y de la guarda de los presos. Lo que la hace sobre todo penosa es la animadversión que lleva consigo. Y así, cuando no promete gran utilidad, no se encuentra quien la quiera servir, o por lo menos quien quiera desempeñarla con toda la severidad que exigen las leyes. Esta magistratura es, sin embargo, indispensable, porque sería inútil administrar justicia si las sentencias no se cumpliesen, y la sociedad civil sería tan imposible sin la ejecución de los fallos, como lo sería sin la justicia que los dicta.

(…) Los hombres de bien se resisten con todas sus fuerzas a aceptar este cargo, y es peligroso confiarles a hombres corrompidos, porque se debería más bien guardarlos a ellos que no encomendarles la guarda de los demás. Importa, por tanto, que la magistratura encargada de estas funciones no sea única ni perpetua. (…)Tales son las magistraturas que parecen ser más necesarias en la ciudad.

En seguida vienen otras funciones que no son menos indispensables, pero que son de un orden más superior, porque exigen un mérito reconocido, y sólo la confianza es la que motiva su obtención. De esta clase son las concernientes a la defensa de la ciudad y a todos los asuntos militares. Lo mismo en tiempo de paz que en tiempo de guerra, es preciso velar igualmente por la guarda de las puertas y de las murallas, y por su sostenimiento.

(…)Manejando de continuo algunas magistraturas, y podría decirse quizá todas, los fondos públicos, es absolutamente preciso que el que recibe y depura las cuentas de los demás, esté totalmente separado de éstos, y no tenga exclusivamente otro cuidado que aquél. Los funcionarios que desempeñan este cargo, se llaman, ya interventores, ya examinadores, identificadores o agentes del tesoro.

Sobre todas estas magistraturas, y siendo la más poderosa de todas, porque de ella dependen las más veces la fijación y la recaudación de los impuestos, está la magistratura que preside la asamblea general en los Estados en que el pueblo es soberano. (…)Tales son poco más o menos todas las magistraturas políticas.

Falta aún que hablemos de un servicio muy diferente de todos los precedentes, que es el relativo al culto de los dioses, el cual está a cargo de los pontífices e inspectores de las cosas sagradas, que cuidan del sostenimiento y reparación de los templos y de otros objetos consagrados a los dioses. Unas veces esta magistratura es única, y esto es lo más común en los Estados pequeños; otras se divide en muchos cargos, completamente distintos del sacerdocio, que están confiados a los ordenadores de las fiestas religiosas, a los inspectores de templos y a los tesoreros de las rentas sagradas. Después viene otra magistratura totalmente distinta, a la cual está confiado el cuidado de todos los sacrificios públicos que la ley no encomienda a los pontífices, y cuya importancia sólo nace de su carácter nacional. Los magistrados de esta clase toman aquí el nombre de Arcontes. (separación entre la religión y todo los demás)

En resumen, puede decirse que las magistraturas indispensables al Estado tienen por objeto el culto, la guerra, las contribuciones y gastos públicos, los mercados, la policía de la ciudad, los puertos y los campos, así como también los tribunales, las convenciones entre particulares, los procedimientos judiciales, la ejecución de los juicios, la custodia de los penados, el examen, comprobación y liquidación de las cuentas públicas; y por último, las deliberaciones sobre los negocios generales del Estado.

En las ciudades pacíficas, en que por otra parte la opulencia general no impide el buen orden, es donde principalmente se establecen magistraturas encargadas de velar por las mujeres y los jóvenes, por el mantenimiento de los gimnasios y por el cumplimiento de las leyes. También pueden citarse los magistrados encargados de la vigilancia en los juegos solemnes, en las fiestas de Baco y en todos los de la misma naturaleza. Algunas de estas magistraturas son evidentemente contrarias a los principios de la democracia; por ejemplo, la vigilancia de las mujeres y de los jóvenes, pues en la imposibilidad de tener esclavos, los pobres se ven precisados a asociar a sus trabajos a sus mujeres e hijos (…). En esta rápida indagación hemos examinado todas o casi todas las funciones públicas.”


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